CONFAPA MADRID

4 de noviembre de 2024

Aportaciones Consulta Pública Comunidad de Madrid - normativa JORNADA PARTIDA y CEIPSO

Desde CONFAPA MADRID a raíz de las noticias que nos llegan desde la Consejería de Educación sobre incluir los cursos de 1º y 2º de la ESO en colegios de primaria a partir del curso 2025-2026 imponiendo la jornada partida, mostramos nuestro desacuerdo por la prohibición de la capacidad de elección de la jornada escolar por parte de la comunidad educativa.

Nos gustaría que todas las AMPAS-AFAS se mantuvieran unidas frente a las decisiones que está llevando a cabo la Consejería de Educación de manera unilateral, y por eso os pedimos que aportéis vuestra visión sobre esta medida, ya que la Comunidad de Madrid ha abierto un periodo de aportaciones ante la nueva regulación para imponer la jornada partida.

El plazo para aportar es hasta el 15 de noviembre en la Consulta Pública habilitada en el siguiente enlace: https://participa.comunidad.madrid/content/proyecto-decreto-consejo-gobierno-se-regula-jornada-escolar-los-centros-docentes-infantil


Os adjuntamos las aportaciones que hemos realizado desde CONFAPA MADRID:

Aportaciones a la Consulta Pública sobre el Proyecto de Decreto de Consejo de Gobierno por el que se regula la jornada escolar en los centros docentes de Infantil y Primaria, así como en colegios públicos autorizados para impartir ESO y en centros que impartan Educación Especial.

La Confederación de Asociaciones de madres y padres de alumnado de la Comunidad de Madrid (CONFAPA MADRID) expresa su firme desacuerdo ante la intención de la Consejería de Educación de incluir los cursos de 1º y 2º de la ESO en colegios de primaria a partir del curso 2025-2026 imponiendo la jornada partida. 

Esta medida se plantea sin un estudio detallado, ni un debate abierto con las familias, y vulnerando nuestro derecho a elegir la jornada escolar que afecta directamente a sus hijos e hijas.

1. Un cambio que afecta a la continuidad educativa y a la jornada escolar.

Aunque la iniciativa de crear CEIPSO en un principio gusta a las familias, porque el alumnado permanece 2 años más en el colegio, en un entorno que parece más favorable a esa edad. Desde CONFAPA MADRID enfatizamos la preocupación de las familias ya que no tenemos una información previa sobre todos los cambios que conlleva pasar de un CEIP a un CEIPSO y porque se tiene que imponer la jornada partida.

Los expertos en educación ya han advertido sobre los problemas que esta decisión podría acarrear, consideran que la ruptura de la etapa de ESO al trasladar 1º y 2º a centros de primaria compromete el desarrollo integral de los estudiantes. La ESO es una etapa educativa diseñada para abordar de manera unificada el crecimiento académico, social y personal del alumno. Dividirla en centros diferentes fragmentaría su educación, impidiendo a los estudiantes adaptarse de forma óptima al entorno de secundaria, algo que facilita el desarrollo de habilidades de convivencia y aprendizaje esenciales en estas edades.

Además, la imposición de la jornada de partida en los centros de primaria que alojen 1º y 2º de ESO se presenta sin contar con la opinión de las familias ni respetar el sistema de votación de jornada escolar que siempre ha estado vigente. Este cambio en la jornada educativa afecta profundamente a la organización familiar, la conciliación y los hábitos de estudio, poniendo en duda la libertad de las familias para elegir la jornada que mejor se adapta a sus necesidades.

2. Capacidad de elección de las familias en la jornada escolar.

La capacidad de elección de las familias relativa a la jornada escolar se encuentra ahora mismo reflejada en la Orden 502/2013, de 25 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento a seguir para solicitar el cambio de jornada escolar en los centros públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria en la Comunidad de Madrid. 

Es un procedimiento garantista en extremo que exige un quórum de 2/3 tanto de familias como del profesorado para adoptar decisiones relativas al tipo de jornada. Este procedimiento permite el cambio tanto a jornada partida como continuada.

Con la decisión de imponer un determinado tipo de jornada, supone un recorte de derechos a las familias para que puedan elegir que tipo de jornada es la que quieren para sus hijos e hijas.

3. Falta de infraestructuras y de recursos humanos en los colegios.

CONFAPA MADRID destaca la falta de infraestructuras adecuadas en la mayoría de colegios de primaria para impartir asignaturas que requieren recursos específicos, como laboratorios de ciencias, herramientas de tecnología o instalaciones deportivas. 

Por otro lado, esta medida incrementaría las dificultades en la organización de los centros y la contratación de profesorado, complicando el adecuado seguimiento de los estudiantes.

En un CEIPSO solo hay una jefatura de estudios de secundaria, desbordada porque asume la coordinación de extraescolares y complementarias además de toda la coordinación docente, disciplina, etc.

En los CEIPSO no hay Departamento de actividades complementarias y extraescolares. La coordinación recae en la jefatura de estudios, pero el principal problema es que no suelen contar con personal suficiente para que una parte del mismo acompañe a la actividad y otra parte del personal permanezca en el centro con el alumnado que no va de excursión. Esto hace que las salidas sean muy complicadas, o que no lleguen a hacerse.

En los CEIPSO no hay suficientes alumnos para jornadas completas, lo que supone que profesores tengan que impartir asignaturas en las que no son especialistas, que haya tutores que imparten materias de 2 horas semanales, tutores a jornada parcial que no acuden todos los días al centro, exceso de profesores compartiendo centro, etc.

En los CEIPSO no hay suficientes alumnos para mantener una optatividad diversa, consecuentemente desaparecen optativas como latín, ampliación de matemáticas, teatro, francés, etc... lo que obliga a los alumnos a matricularse en un itinerario no elegido o cambiar de centro.

En los CEIPSO no hay biblioteca de Secundaria, se comparte la heredada de primaria.

Los alumnos de diferentes ciclos no se pueden juntar lo que hará que se adapten (reduzcan) los espacios comunes del centro.

4. La importancia de la participación familiar en las decisiones educativas.

La educación debe evolucionar de manera consensuada y bajo una evaluación rigurosa, priorizando siempre el bienestar del alumnado. Sin embargo, las familias sienten que no se está dando la importancia debida a nuestra participación en la comunidad educativa de los centros, donde deberíamos debatir esta medida antes de tomar decisiones precipitadas. 

Las prisas por implementar este cambio dejan a las familias en una posición secundaria y desconocen cómo se gestionarán aspectos fundamentales como el acceso a los institutos tras cursar 1º y 2º de ESO en un centro de primaria.

5. El cambio a jornada partida no resuelve el problema de la conciliación familiar.

Indican en los problemas que se pretenden solucionar la necesidad de aumentar la conciliación con la vida laboral y familiar y plantean como única solución el cambio de jornada continuada a partida.

La jornada continuada habitual es de 9:00 a 14:00 horas, comedor de 14:00 a 16:00 horas y extraescolares de 16:00 a 17:00 o 18:00.

La jornada partida habitual es de 9:00 a 12:30 horas, comedor de 12:30 a 14:30 horas, clase de 14:30 a 16:00 y extraescolares de 16:00 a 17:00 o 18:00 horas.

Esto quiere decir que la hora de entrada y salida sería idéntica en ambos tipos de jornada haciendo uso de comedor y/o extraescolares.

Sin embargo, si no se usan esos servicios en la jornada partida los padres deben dejar a su hija o hijo en el centro educativo a las 9:00 horas, regresar por el dos horas y media más tarde, a las 12:30, desplazarse a su domicilio, comer y regresar al centro educativo a las 14:30. Sólo hora y media más tarde deberán de estar de nuevo en el centro educativo para recoger a su hija o hijo a las 16:00 horas.

En cambio, con la jornada continuada los padres dejan al alumno o alumna a las 9:00 y regresan por el cinco horas más tarde, a las 14:00 horas.

Por lo tanto, no soluciona la conciliación cuando son idénticas las jornadas horarias en los centros. En todo caso, la jornada partida obligará a muchas familias a contratar servicio de comedor y/o extraescolares, con el consiguiente gasto económico que eso supone.

6. Los estudios sobre la jornada escolar no son concluyentes.

Los estudios sobre la jornada escolar no se pueden considerar concluyentes, ya que ninguno afronta el estudio desde una perspectiva integral. Solo hemos encontrado el informe de la Fundación Bofill que os enlazamos a continuación:

Creemos que la opinión más sensata al respecto es la aportada por Sociedad Valenciana de Pediatría cuando dice: “Evidentemente otros factores deben ser considerados a la hora de recomendar horarios escolares. En su diseño deben participar todos los estamentos implicados en el área docente y profesionales de otras áreas (nutricionistas, sociólogos, cronobiólogos, pediatras…), que deben asesorar a la comunidad educativa a la hora de que esta decida el tipo de horario escolar. Sería un error obviar las enseñanzas derivadas de la cronobiología, la cronopsicología y la crononutrición. Ambas modalidades de jornada presentan otro tipo de ventajes e inconvenientes expuestas por otros colectivos y en otras instancias. La decisión final deberá tener en cuenta estos hechos y un conjunto de motivos familiares, laborales y socioeconómicos que están fuera de nuestras competencias profesionales. Animamos a las administraciones correspondientes a liderar un grupo de trabajo con todas las partes implicadas para llegar al mejor consenso posible.”

Y es que ese es precisamente el problema, qué si no se tienen en cuenta todos los factores, incluidos los familiares, laborales y socioeconómicos, ninguna conclusión a la que se llegue puede ser considerada válida.

Nuestras aulas son inclusivas, pero en ningún estudio se valora los efectos de la jornada sobre la inclusión ni se tiene en cuenta las diferentes patologías que pueda tener el alumnado y como les afectará cada tipo de jornada. Un alumnado autista con hiperacusia, por ejemplo, no puede usar los servicios de comedor, y con los horarios de la jornada partida uno de los miembros de la familia deberá de dejar de trabajar, esto no se refleja en ningún estudio.

En algunos estudios se pone de relieve las horas de entrada y salida, pero se considera que la jornada partida incluye comedor y extraescolares. Sin embargo, cuando se valora la jornada continua se hace sin incluir a estos servicios, llegando por tanto a una conclusión errónea, cuando estos servicios de comedor y extraescolares están presentes en los dos tipos de jornada escolar.

Tampoco se están teniendo en cuenta las problemáticas asociadas al servicio de comedor, en particular el coste del mismo y los conflictos entre el alumnado. No se contempla un plan de acceso al servicio de comedor más allá de un sistema de becas en función de renta. 

En otros países que se ha apostado por la jornada escolar partida, como por ejemplo Portugal, ha venido acompañado de un plan de subvención del coste del comedor escolar. Sin una política enfocada a solucionar los problemas del coste del comedor, el cambio a partida es un ataque a la gratuidad de la enseñanza pública.

7. Conclusiones.

CONFAPA MADRID solicita a la Consejería de Educación que reconsidere esta medida y abra un proceso de consulta real en cada centro educativo que permita a todas las familias expresar su opinión sobre el modelo educativo y la jornada escolar que desean para sus hijos e hijas. 

La permanencia del alumnado 2 cursos más en el centro de primaria es una demanda real y solicitada por las familias. No obstante, el cambio a CEIPSO puede conllevar algunos problemas que deberían de ser resueltos por las autoridades educativas de forma previa a la implantación de los CEIPSO.

El cambio a jornada partida no está basado en ningún informe que tenga en cuenta los factores familiares, laborales y socioeconómicos, por lo que ninguna conclusión a la que se llegue, a día de hoy, puede ser considerada válida.

El cambio de la legislación que regula el procedimiento para que las comunidades educativas elijan su jornada escolar supone una restricción de los derechos, que en este momento, tienen las familias. 

La voz de las familias debe ser escuchada, respetada y tenida en cuenta en las decisiones que afectan a el futuro de la educación en nuestra comunidad.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2024

Junta Directiva CONFAPA MADRID