2 de febrero de 2021

SOLICITAMOS ESTUDIO SOBRE LA CALIDAD DEL AIRE EN LAS AULAS A LA COMUNIDAD DE MADRID


Desde CONFAPA MADRID hemos pedido a la Consejería de Educación y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, que se realice un informe detallado, centro a centro, y aula a aula de la calidad del aire en nuestros centros educativos sostenidos con fondos públicos y que estén construidos antes de la aplicación del Real Decreto 1027/2007 del 20 de julio, con el fin de evaluar la calidad de ventilación en las aulas.

Además solicitamos que estos informes se faciliten a los consejos escolares de los centros para poder solicitar aula a aulas las medidas correctoras que sean pertinentes.

La situación actual puede resumirse de la siguiente forma:

· Centros construidos conforme al REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Estos centros tienen una calidad de aire IDA2 en las aulas y, en general, están dotados de SIAV de la marca “Aire Limpio” con filtros HEPA13, filtros de polarización activa y filtros CPZ de Carbón Activo, Permanganato de Potasio y Zeolita

· Centros construidos antes del citado Real Decreto. Estos centros carecen de ningún estudio o informe acerca de la calidad de aire en sus aulas. No cuentan con SIAV, ni baterías de filtros, ni sistemas de ventilación mecánica controlada.

Y ante la posibilidad de que crisis similares pueden repetirse en los próximos años, recordemos que antes de la COVID-19, y en estos últimos años, ha habido epidemias del virus A(H5N1) en 2003, del SARS en el mismo año, del (H1N1) en 2009 y del H7N9 en 2013, es importante la realización de medidas preventivas para minimizar los efectos de futuras pandemias, hay que dotar a las aulas de purificación y ventilación.

FILTROS HEPA

Ante la situación de las aulas en este curso por la COVID19 se generó un gran interés en la instalación de purificadores dotados de filtros HEPA en las aulas.

La Consejería de Educación rechazó instalarlos y puso una serie de condiciones para que se instalarán en los centros educativos financiados por las familias, ayuntamientos y/o centros educativos. En concreto solicitó un informe técnico, presentado por el colegio o instituto a través de la DAT correspondiente, y la autorización de uso por parte de la autoridad sanitaria.

El instalador que provea los filtros HEPA debería realizar el informe técnico para el centro educativo donde se instalen los purificadores.

La respuesta recibida ha sido desde la Dirección General de Salud Pública, diciendo que es competente en materia de vigilancia sanitaria, pero no lo es en la realización de estudios y/o diagnósticos de la calidad del aire interior. Lo que están haciendo es verificar, a solicitud de los centros educativos o de los ayuntamientos, los estudios de los análisis de ventilación realizados por titulados competentes.

Os adjuntamos el escrito presentado y la respuesta de Salud Pública.